Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos Anderson José Cairoza Rangel y Jorgelys Sayre Isaza Ortiz, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 26.773.315 y 27.972.413, respectivamente, asistidos por la Defensora Pública Provisoria Segunda, con competencia en materia Civil y Administrativa Especial Inquilinaria y para la Defensa del Derecho a la Vivienda y ampliada a Civil, Mercantil y Tránsito, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del estado Zulia, abogada Jhoanini Patricia Morales, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 228.280.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial contraído .....