Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, solicitada por la ciudadana JELITZA BEATRIZ MARTINEZ MATHEUS, venezolana, mayor de edad, sin cédula de identidad, asistida en este acto por el Defensor Publico Primero Provisorio y Abogado LUIS DELMAR, Inscrito en el inpreabogado bajo el N°. 294.889
SEGUNDO: SE ORDENA RECTIFICAR el acta de nacimiento signada bajo el No. 40, de fecha Dieciséis (16) de Enero del dos mil dos (2002), emitida por el Registro Civil de la Parroquia Antonio Borjas Romero del Municipio Maracaibo del Estado Zulia y que p.....