Por los fundamentos expuestos este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, DECLARA:
Primero: IMPROCEDENTE, la admisión de la solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, seguida por el ciudadano CARLOS JOSE PEREZ GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.004.270, domiciliado en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia actuando en representación de la ciudadana VIOLETA COROMOTO GUTIERREZ DE PEREZ, venezolana mayor de edad titular de la cedula de identidad Nro. V-4.151.072, domiciliada en esta Ciudad y Municipio Maracaibo, el primero asistido en este acto por la Abogada en ejercicio MARIA TERESA GARCIA GONZALEZ, Inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 82.079, por la falta de capacidad.....