Examinados los documentos acompañados y la norma ut supra transcrita, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: Como ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del De-Cujus TUBALCAÍN FERRER BRACHO, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad número 5.162.005, domiciliado en el Municipio Miranda del estado Zulia, fallecido el día trece (13) de octubre de 2025, en jurisdicción de la Parroquia Faria, Municipio Miranda del estado Zulia, a las ciudadanas VIOLETA DEL CARMEN FERRER De FERRER y LIBRADA JOSEFINA FERRER De LÓPEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números 5.718.142 y 5.811.484, respectivamente, domiciliadas en los Puertos de Altagracia, Municipio Miranda del estado Zulia, en sus condiciones .....