DECISION
Por las razones de hecho y de derecho explanadas, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
Con lugar, la solicitud de divorcio por falta de afecto, en atención a la Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, No. 1070/16, de fecha nueve de diciembre del 2016, presentada por los ciudadanos ELIZABETH JACQUELINE LOZADA PEÑALOZA y JESUS SALVADOR DUARTE CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. V- 7.807.522 y V-9.775.908, respectivamente, en consecuencia de lo anterior, se declara disuelto en divorcio, el vínculo matrimonial contraído por ellos en fecha siete (07) de junio del año 1982, por ante el Jefe Civil y Secretario de la Parroquia Cristo de Aranza del Municipio Maracaibo.....