III.- Por los fundamentos expuestos:
Este TRIBUNAL DÉCIMO SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUSNCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con la transcrita norma, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS delde-cujus fallecido ab- intestato ciudadanoOSMAIRO ENRIQUE AÑEZ ARAUJOalosciudadanos NELLIS FRANCISCA CHACIN,en su condicion de conyugedel de cujus,OSNEIRO DE JESÚS AÑEZ CHACIN, OSNAIRO ENRIQUE AÑEZ CHACIN y OSMARIO GREGORIO AÑEZ CHACIN, en su condición de hijos supérstites del causante,asi como alas ciudadanas SHARON GREG AÑEZ PARRAySHERELY GREG AÑEZ PARRA,en su condición de hijas del también causante OSMARIO GREGORIO AÑEZ CHACIN quien fuera hijo del de cujus.
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