Por todos los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DUODÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos YOHANET RINCON LUZARDO, en contra del ciudadano EUCLIDES SEGUNDO MENDEZ BOSCAN, en fecha veintisiete(27) de Mayo del año 2.000, por ante la Unidad de Registro de La parroquia San Francisco del estado Zulia, según consta de acta Nº 117. Así se decide.