DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA en la presente solicitud de INTERDICCIÓN formulada por la ciudadana MIRIAM MARGARITA ROMERO DÍAZ:
• PRIMERO: LA REPOSICIÓN de la presente solicitud de INTERDICCIÓN formulada por la ciudadana MIRIAM MARGARITA ROMERO DÍAZ, ya identificada, al estado de declarar la Interdicción en Forma Provisional del ciudadano WILFREDO ANTONIO DÍAZ COLINA , la cual se resolverá por separado; en consecuencia, se deja sin efecto la sentencia dictada en fecha Veintiocho (28) de Enero del año 2026 y las actuaciones posteriores a la mencionada fecha, desde el folio cuarenta y cuatro (44) al cincuenta y dos (52), ambos inclusive, quedando vigente todas aquellas actuaciones anteriores a la fecha veintiocho (28.....