Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, sede Maracaibo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. CON LUGAR la demanda de Impugnación de reconocimiento de paternidad intentada por el ciudadano JUAN GABRIEL DUARTE VILLASMIL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 11.721.311, en contra de los ciudadanos JOSÉ HEBERTO DUARTE SANTANDER y AIRYS LENIS SUAREZ SUAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nos. 3.467.075 y 27.822.219, y del niño (se omite de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) y por tanto, queda desvirtuado el reconocimiento voluntario realizado por el ciudadano JOSÉ HEBERTO DUARTE SANTANDER.
2. Se ordena oficiar al Registro Civil de la .....