este Tribunal declara suficientes los derechos que tiene las ciudadanas MARIBEL JOSEFINA BAEZ HINESTROZA, KARIS BELLA ESCALONA BAEZ y KATHERINE CHIQUINQUIRA ESCALONA BAEZ., antes identificadas, como ÚNICAS Y UNIVERSAL HEREDERAS del causante JORGE ANTONIO ESCALONA CARDOZO. Igualmente, se ordena devolver los originales solicitados previa certificación en actas. Así se decide.- Devuélvanse estas actuaciones en originales y déjese copia certificada para formar expediente.-
JUEZ PROVISORIO
ABOG. JOSE ALBERTO BECEIRA VILLEGAS
LA SECRETARIA SUPLENTE
ABOG. YEIMY HINEZTROZA.
En la misma fecha, siendo la diez y treinta (10:30) de la mañana en horas de despacho se publicó el presente fallo bajo el No. 042-2025, se expidió la copia certificada ordenada, se devolvió los originales solicitados previa certificación en actas y se archivó en el copiador de sentencia. LA SECRETARIA SUPLENTE.
SOL. JUZ-4to-MCPIO- N° 4059.