Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara, PRIMERO: CON LUGAR el Divorcio entre los ciudadanos DAMELYS DEL VALLE ARAY ZAMORA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.822.306, domiciliada en el Complejo Habitacional Ezequiel Zamora, Zona N° 17, Torre C, Apto 2-4, Municipio San Carlos del estado Cojedes, y JESÚS ENRIQUE RUÍZ PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.546.627, domiciliado en Caña de Azúcar, vía el C.I.C.P.C., Avenida Principal, frente al Bloque 01 de la Cañada, Maracay estado Aragua; con fundamento en lo previsto en el artículo 185 del Código Civil Venezolano, en concordancia con la jurisprudencia 1070/2016, proferida de la .....