DISPOSITIVO:
Este TRIBUNAL SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: LA NO HOMOLOGACIÓN DEL DESISTIMIENTO DE LA ACCION NI DEL PROCEDIMIENTO en el juicio de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, tiene incoado el ciudadano: JERRY OLINTO GUTIERREZ VALLES en contra de la demandada CORPORACION TELEMIC C.A., continua el procedimiento en contra de la entidad De trabajo.
SEGUNDO: se ordena agregar el instrumento poder consignado por la entidad de trabajo CORPORACION TELEMIC C.A.
TERCERO: No hay condena en costas procesales dada la naturaleza de la presente decisión.
Publíquese, Regístrese y Ofíciese. Déjese copia digital en formato PDF para evitar su alteración, todo conforme al artículo 5 de la Resolución Nro. 2016-0021 de fecha 14 de diciembre de 201.....