DISPOSITIVO
Con fundamento a las consideraciones de hecho, derecho, jurisprudenciales y doctrinarias ut supra referidas, este TRIBUNAL UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
• PRIMERO: CON LUGAR, la presente solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO; en atención al criterio jurisprudencial de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 02/06/2015 sentencia No. 693, y la sentencia No 446-2014 de la misma, interpuesta por los ciudadanos: EDGAR RAUL RUGAMA FLORES y PATRIZIA PETRILLI PACIFICO, venezolanos, mayores de edad, portadores de la cedula de identidad Nos V.- 14.279.940 y V.- 11.280.038, respectivamente domiciliado en primero de los nombrados en el Municipio Maracaibo del estado Zulia, con correo electrónico: edgarr.....