Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN Y DEL PROCEDIMIENTO efectuado por el abogado en ejercicio NUMAN VILLASMIL CHAVEZ, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, y consentido por el abogado en ejercicio SANTIAGO ANDRÉS BOTTARO LABARCA, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, quedando con autoridad de cosa juzgada, en el juicio que por DISOLUCIÓN DE SOCIEDAD MERCANTIL, intentaron los ciudadanos JOSÉ RAFAEL CASAS BAPTITA y JOSÉ MANUEL CASAS PERICH, en contra del ciudadano JAVIER ENRIQUE TINIACO ANGULO, todos antes identificados, por lo que se declara terminado el presente proceso y se ordena el archivo del expediente.
SEGUNDO: Se ordena la devolución de los origi.....