DISPOSITIVO
Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR la demanda de LIQUIDACIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL, incoada por el ciudadano GERONIMO RAMÓN SALAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.539.721, domiciliado en esta ciudad y Municipio Maracaibo del estado Zulia, en contra de la ciudadana PETRA LUISA CHOURIO VALERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.992.389, de igual domicilio.
• SE EXHORTA a la parte interesada a consignar la documentación de los inmuebles ubicado en el Barrio Brisas del Aeropuerto, calle 99x-2, entre Avenida 79C, casa Nº 79C-15, parroquia Francisco Eugenio Bustamante del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, y el inmueble ubicado en la Urbanización San Francisco La Popular, Sector 13, Avenid.....