PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud efectuada por la representación judicial de la parte demandada Sociedad Mercantil GRASAS EL PUERTO C.A., en su escrito de fecha trece (13) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024), en cuanto a la adhesión a la apelación planteada por ésta.
SEGUNDO: SIN LUGAR la actividad recursiva ejercida por la representación judicial de la parte demandante KARYM VICTORIA URDANETA ROMERO, contra la sentencia dictada en fecha veintiséis (26) de julio de dos mil veinticuatro (2024) por el Tribunal Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia.
TERCERO: CONFIRMAR por diferentes motivos el aludido fallo, en el sentido de declararse INADMISIBLE la demanda que por NULIDAD E IMPUGNACIÓN DE ACTA DE ASAMBLEA, incoare la prenombrada ciudadana contra la Sociedad Mercantil GRASAS EL PUERTO C.A., por haberse materializado la inepta acumulación de pretensio.....