Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre una zona de terreno parte de mayor extensión, la cual abarca un área de NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS (997,50Mts2), ubicado en el Parcelamiento El Rosario, Avenida 116, No. 95T-46, en Jurisdicción de la Parroquia Francisco Eugenio Bustamante, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, y cuyos linderos son los siguientes; NORTE: Con propiedad que es o fue del Dr. Alfonso Hill, ocupado por Jesús Ramírez; SUR: Con Granzonera Orinoco; ESTE: Con vía de penetración; y OESTE: Con propiedad que es o fue de la Sucesión Díaz, encontrándose dicha zona de terreno dentro de los linderos generales del Hato El Cardon; inmueble el cual ac.....