DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, en el juicio de COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN) incoada por el incoada por el ciudadano YSMAR MEDINA RIVERO, en su carácter de endosatario en procuración del ciudadano FADY CHARROUF ABOU ZIED, en contra de la ciudadana JUANA CECILIA TORRES, todos ya identificados, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la presente demanda de COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN) incoada por el incoada por el ciudadano YSMAR MEDINA RIVERO, en su carácter de endosatario en procuración del ciudadano FADY CHARROUF ABOU ZIED, en contra de la ciudadana JUANA CECILIA TORRES, antes identificados.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE, incluso en l.....