ÚNICO: SIN LUGAR la INHIBICIÓN planteada por el Abg. JOSÉ MANUEL COLMENARES GALLEGOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.338.276, en su condición de Juez Provisorio del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, sede Santa Bárbara Municipio Colon, en tal sentido, se le ORDENA seguir conociendo del presente asunto que con ocasión a la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, ejercida por las ciudadanas NORA KARINA URDANETA ROMERO, y CARMEN HERMINIA URDANETA URDANETA, actuando en su condición de accionistas de la Sociedad Mercantil GRASAS EL PUERTO C.A., contra la ciudadana KARYM VICTORIA URDANETA, en el estado procesal en el que se encuentra.
REMÍTASE el presente expediente en la oportunidad legal correspondiente.