Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante ciudadano ÁNGEL ROSENDO CANGA GONZÁLEZ, quien en vida fue venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 4.539.583, a los ciudadanos Sara Elena Nava De Canga, Lizeth Carolina Canga Nava, Krisel Del Valle Canga Nava, Ángel Alberto Canga Núñez y Angiseth María Canga Nava, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 5.819.828, 13.080.146, 13.080.147, 17.683.757 y 15.720.893, respectivamente, la primera en su condición de esposa y los siguientes en su condición de hijos. SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.