IV.-Dispositivo:
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho y jurisprudencial, ut supra referidas este Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA:
CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Desafecto, formulada porel ciudadano ANDRES DAVID GOMEZ PEÑA, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No. V-16.149.059, domiciliado en el municipio Maracaibo del estado Zulia, contra la ciudadana DAMELI COROMOTO GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad No. V- 9.765.546, domiciliada en la calle 16 av. 15 casa s/n parroquia Idelfonso Vázquez en el municipio Maracaibo del estado Zulia, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído en fecha veintinueve (29) de Octubre de 2001, por ante la Oficina d.....