PRIMERO: SIN LUGAR la actividad recursiva ejercida en fecha seis (06) de junio de dos mil veinticinco (2.025), por el profesional del derecho EDUARDO ENRIQUE RANGEL, ya identificado en actas, contra el auto de fecha tres (03) de junio dos mil veinticinco (2.025), dictado por el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Machiques de Perijá de la Circunscripción Judicial del estado Zulia.
SEGUNDO: Se CONFIRMA el auto de fecha tres (03) de junio dos mil veinticinco (2.025), dictado por el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Machiques de Perijá de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, el cual negó el modo de autocomposición procesal celebrado entre las partes, por haber verificado, el prenombrado Juzgado, el principio de notoriedad judicial, que se desprende del contenido del expediente signado con el Nº No. 9207-2025, nomenclatura interna llevada por ese tribunal, un juicio que por reconocimiento de contenido y firma de .....