´DECISION
Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR, la solicitud de divorcio por mutuo consentimiento, criterio jurisprudencial No. 693/15 de fecha 02/06/2015 dictado por Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, instaurada por los ciudadanos CARLOS ENRIQUE TANG GALUE y ANAIS MARIA RAMIREZ MORALES, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cedulas de identidad No. V- 19.451.099 y V- 23.272.956, respectivamente, asistidos por la abogada en ejercicio la abogada en ejercicio EMPERATRIZ MORALES, inscrita en el inpreabogado bajo el No. 89.829, en consecuencia SE DECLARA DISUELTO EN DIVORCIO, el matrimonio civil que contrajeran en fecha veinticinco (25) de octubre del2023, por .....