DISPOSITIVO
Este TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, propuesta por los ciudadanos ANTONI JOSE ROJAS QUINTERO y ESMILY ROSALY GONZALEZ OSUNA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-26.773.487 y V-25.481.105, ambos domiciliados en el municipio Maracaibo del estado Zulia, asistidos por la abogada en ejercicio GENESIS SUBERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 261.258, fundamentado en el desafecto conforme a la sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia número 1070 en fecha 09 de diciembre de 2016, con ponencia .....