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| Decisiones del dia 18/02/2010 |
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| N� Expediente :
16248
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N� Sentencia :
166
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Fecha: 18/02/2010 |
Procedimiento: Divorcio 185 - A |
Partes: LIZBETH MARIA PIÑA GARCIA Y ALEJANDRO JOSE BOSCAN NAVARRO |
Resumen:
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Juez Unipersonal Nº 02, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley D E C L A R A:
UNICO: INADMISIBLE la SOLICITUD propuesta por los ciudadanos LIZBETH MARIA PIÑA GARCIA Y ALEJANDRO JOSE BOSCAN NAVARRO, plenamente identificados en el escrito que da origen a esta decisión.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada por secretaria.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio, Despacho de la Juez Nº 2 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo, a los 18 días del mes de Febrero de dos mil diez (2010). Años: 199º de la Independencia y 150º de la Federación.
JUEZ UNIPERSONAL NO. 2,
DRA. INÉS HERNÁNDEZ PIÑA LA SECRETARIA,
.....
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Juez/Ponente:
Inés Hernández Piña
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Organo:
Tribunal Segundo de Protección del Niño y Adolescente
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| N� Expediente :
16242
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N� Sentencia :
164
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Fecha: 18/02/2010 |
Procedimiento: Separación De Cuerpos Y Bienes |
Partes: OSCAR IVAN MAVAREZ LOPEZ Y DEYANI DEL CARMEN ALBARRAN |
Resumen:
PARTE DISPOSITIVA
DECISION OFICIAL DEL ESTADO
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala N° 02, Administrando justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
a. Se decreta la Separación de Cuerpos y Bienes, que ante este Despacho, solicitaron los ciudadanos OSCAR IVAN MAVAREZ LOPEZ Y DEYANI DEL CARMEN ALBARRAN.
b. En cuanto a la Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza de la niña de autos será compartida por ambos progenitores; La Custodia será ejercida por la progenitora; En cuanto a la Convivencia Familiar se acoge lo acordado entre las partes, sobre la Obligación de Manutención, el progenitor suministrará la cantidad de SETECIENTOS BOLIVARES (Bs. 700,00) MENSUALES. Los gastos médicos, medicinas y vestimentas, recreación y todo lo que necesite para su normal desarrollo físico y espiritual serán compartidos. En épo.....
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Juez/Ponente:
Inés Hernández Piña
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Organo:
Tribunal Segundo de Protección del Niño y Adolescente
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