DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la anterior demanda por INQUISICIÓN DE PATERNIDAD, intentada por los ciudadanos CARMEN ELENA QUINTERO, GRISILDA MARGARITA QUINTERO, TIBALDO QUINTERO Y ANA RAQUEL QUINTERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nos. V-7.936.210, V-7.691.872, V-7.685.557 y V-12.344.422, domiciliados en el municipio Rosario de Perijá, del estado Zulia.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE. Publíquese incluso en la página web del Tribunal Supremo de Justicia: www.tsj.gob.ve. Déjese copia certificada por Secretaria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, sellada y firmada en la .....