DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, acuerda:
PRIMERO: INADMISIBLE la reconvención por PRESCRIPCIÓN ADQUISITVA, propuesta por la ciudadana LINA ELENA PELEY, venezolana, mayor de edad, cédula de identidad No. V- 5.802.075, domiciliada en la Población de Santa Cruz de Mara el Municipio Mara del estado Zulia, en contra de la de la sucesión de los ciudadanos VICENTE PARRA VALBUENA, VICENCIO PEREZ SOTO y JUAN MONTES MONSERRATTE.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión.
Publíquese. Regístrese. Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en los Artículos 3º y 9º del Artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder judicial, y de conformidad con lo dispuesto en los Art.....