III
DISPOSITIVO
Por los hechos y fundamentos legales antes expuestos, este TRIBUNAL DÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara: TITULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías antes descritas, a favor del ciudadano HUGO ENRIQUE GUERRERO MOGOLLON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 9.113.305, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 170.634, actuando en este acto en su propio nombre, domiciliado en la Parroquia Chiquinquirá, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, dejando a salvo el derecho de terceros. Devuélvanse los originales a la parte interesada.
Publíquese. Regístrese. Incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia .....