Por todos los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DUODÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos DIANA CAROLINA MADUEÑO OLANO y JULIO JOSE PIRELA PEREZ,en fecha dieciocho (18) de agosto del año 2010, por ante el Registro Civil de la Parroquia Luis Hurtado Higuera del Municipio Maracaibo del estado Zulia, según consta de acta Nº 239, Así se decide.