DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE LA MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, en el juicio que por TERCERIA POR FRAUDE PROCESAL sigue la ciudadana RADAIX ANALIN SANCHEZ ARRIETA, venezolana, mayor de edad, con cedula de identidad No. V.-17.326.012, domiciliada en el municipio Maracaibo del estado Zulia, en contra de los ciudadanos AVRAM GRUNFELD CROVBLIT y LIA CROVBLIT DE GRUNFELD, venezolanos, mayores de edad, con cédula de identidad Nos. V.-12.953.424 y V.-2.871.731, respectivamente, quienes a su vez son partes litigantes en el juicio que por ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA. En consecuencia SE DECRETA la misma, sobre un inmueble constituido por Un Apartamento destinado a vivienda familiar, el cual se encuentra distingu.....