´Por todos los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DUODÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos MARIA JOSE DE LOS ANGELES PIRELA VELASQUEZ y JOHAN SAMUEL BORREGALES DELGADO, en fecha ocho(08) de Diciembre del año 2017, por ante la Unidad de Registro Civil de la parroquia Manuel Dagnino del Municipio Maracaibo del estado Zulia, según consta de acta Nº 241. Así se decide.´