Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento interpuesta por Luís Ángel Marín Márquez, venezolano, mayor de edad, alegando que no posee cédula de identidad y es por lo que hubiera firmado a su ruego la ciudadana Georgina Amaya, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 27.610.955, asistido por la Defensora Pública Auxiliar Encargada (E) con competencia en Materia Civil, Mercantil y Tránsito adscrita a la Unidad de Defensa Pública del estado Zulia, abogada Vanessa Alves Silva, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 130.308, en atención a la incomparecencia del solicitante, la firmante a ruego y la defensora p.....