DISPOSITIVO
Con fundamento a las consideraciones de hecho, derecho y doctrinarias ut supra referidas, este TRIBUNAL UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante, SONIA MARIA BERTI OSORIO, quien en vida fue venezolana, mayor de edad, portadora de la cedula de identidad No. V.- 3.399.943, fallecida ab-intestato en fecha Cuatro (04) de Octubre de 2024, según consta en el Acta de Defunción No. 649, expedida por la Unidad Registro Civil y Electoral, de la Parroquia Olegario Villalobos, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, inserta en las actas de la presente solicitud a los ciudadanos: RAFAEL ENRIQUE VILLASMIL BERTI y MARIBE VILLASMIL BERTI, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cedulas de identidad .....