DECISIÓN
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL DÉCIMO SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, declara:
INADMISIBLE la presente demanda de RECONOCIMIENTO DE INSTRUMENTO PRIVADO, presentada por el ciudadano HEBERTO JOSÉ GONZÁLEZ PINEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-7.762.467 y domiciliado en el municipio Maracaibo del estado Zulia, asistido por el abogado en ejercicio ALEJANDRO DAVID BASTIDAS PALMAR, inscrito en el Inpreabogado No. 334.233.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE, incluso en la página web del Tribunal Supremo de Justicia:.....