IV
DISPOSITIVO
En virtud de lo antes expuesto, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Artículo 185 del Código Civil, presentada por los ciudadanos ENDRY JAVIER LOPEZ BLANCO y BETSIMAR GREGORIA PONTILES GARCÍA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-24.589.260 y V-24.485.504, respectivamente, ambos domiciliados en el Municipio Cabimas, estado Zulia.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído en fecha quince (15) de Marzo del año dos mil dieciocho (2018), por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Cabimas, estado Zulia, inserta bajo el N° 58, Libro N° 1, Folios 115 y 116, Año: 2018.
Publíquese, Regístrese incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justic.....