PRIMERO: CON LUGAR la aclaratoria solicitada por la abogada en ejercicio Elbis Marina Larreal, mediante diligencia presentado el día ocho (8) de agosto de dos mil veinticinco (2025), todo ello, en relación a la sentencia dictada por este Juzgado Superior el día fecha veintiuno (21) de julio de dos mil veinticinco (2025), relativa al juicio al juicio que por ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, sigue la sigue la prenombrada profesional del Derecho, contra la Sociedad Mercantil VARIEDADES SANTA BÁRBARA, C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha veinticuatro (24) de de febrero del dos mil cinco (2005), bajo el Nro. 16, Tomo 19-A, en el sentido de corregir los posibles errores materiales en que se incurrieron al momento de su trascripción.
TERCERO: Quedan incólumes las fundamentaciones dadas por este Sentenciador, que no han sido objeto de ampliación a través de la presente resolución, así co.....