Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el Divorcio entre los ciudadanos WENDY COROMOTO DEL VALLE CARVAJAL IZQUIEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-24.013.156, domiciliada en el sector la Blanca, calle 3, casa S/N, del Municipio Rómulo Gallegos Estado Cojedes, y MIGUEL ENRIQUE BASTIDAS VELOZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.324.361, domiciliado en la Blanca, sector la Igualdad, casa S/N, del Municipio Rómulo Gallegos Estado Cojedes; con fundamento en lo previsto en el artículo 185 del Código Civil Venezolano, en concordancia con la jurisprudencia 1070/2016, proferida de la Sala Constitucional, por incompatibilidad .....