Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: CON LUGAR el Divorcio entre los ciudadanos ROSA AMELIA GALLARDO PIRELES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.538.937, domiciliada en Corozal I, vereda 4, casa N° 02, Municipio Tinaco del estado Cojedes, y JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.021.405, domiciliado en Campo Carabobo, calle morillo, Las Manzanas, Valencia, estado Carabobo; con fundamento en lo previsto en el artículo 185 del Código Civil Venezolano, en concordancia con la jurisprudencia 1070/2016, proferida de la Sala Constitucional, por incompatibilidad de caracteres y por desafecto; y en consecuen.....