DISPOSITIVO
Con fundamento a las consideraciones de hecho, derecho, jurisprudenciales y doctrinarias ut supra referidas, este TRIBUNAL UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
• PRIMERO: CON LUGAR, la presente solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, en atención al criterio jurisprudencial de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 02/06/2015 sentencia No. 693, y la sentencia No. 446-2014 de la misma sala, interpuesta por los ciudadanos: DUBEYLIS DEL MAR RIVAS VILCHEZ y KENDRY LEANDRO URDANETA HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cedulas de identidad Nos V.- 18.496.508 y V.- 26.062.914, respectivamente, con correos electrónicos: dubeilisr@gamil.com y geologoiniside@gmail.com y números de teléfono.....