DECISION
Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR, la solicitud de divorcio por mutuo consentimiento, criterio jurisprudencial No. 693/15 de fecha 02/06/2015 dictado por Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, instaurada por los ciudadanos OSWALDO JOSE MORALES MORALES y YENNY YENIREE LEAL GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cedulas de identidad No. V- 17.938.165 y V- 19.767.890, respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del estado Zulia, asistidos por las Abogadas en ejercicio ANA YEPES Y MARIA ADRIANZA, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 287.367 y 295.919, respectivamente, en consecuencia SE DECLARA DISUELTO EN DIVORCIO,.....