´IV
DISPOSITIVA
Por las razones de hechos y de derecho expuestas, y sujetas a las normas establecidas y criterios jurisprudenciales, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a los ciudadanos ZUMICO JUSETH DE LA CHIQUINQUIRA MORENO ARCIAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V- 16.588.729, domiciliada en la Carretera Primavera, Sector San Antonio, El Venado, Parroquia Dr. Manuel Guanipa Matos, Municipio Baralt del Estado Zulia, y DOUGLAS RAFAEL ARCIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-14.181.346, respectivamente; en su condición de padres, la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de quien en vida respondiera al nombre de DANIEL ALEJ.....