DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara:
• UNICO: HOMOLOGADO el CONVENIMIENTO celebrado por las partes, en el juicio de COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION, incoado por la Sociedad Mercantil General de Alimentos Nisa C.A. (GENICA), contra la Sociedad Mercantil Productos Alimenticios Deleites, C.A., plenamente identificadas en autos.
• Se declara terminado el procedimiento, se ordena archivar el expediente por cuanto de actas se desprende el cumplimiento de las obligaciones asumidas en el convenimiento realizado por las partes. Así mismo, se ordena suspender la medida de embargo preventivo sobre bienes muebles decretada en fecha catorce (14) de enero de 2025, en la presente causa.
Publíquese y regístrese. Déjese copia certificada por Secretaría.....