IV
PARTE DISPOSITIVA
Con fundamento a las consideraciones expuestas en la parte motiva de esta decisión, éste TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MACHIQUES DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, por motivo de desafecto, propuesto por el ciudadano ADRIAN ANTONIO CASANOVA LEAL, venezolano, mayor de edad, cédula de Identidad N° V-13.471.626, Teléfono 0412-7919998, Correo electrónico: ilustresiempre@gmail.com; domiciliado en el Municipio Machiques de Perijá, Estado Zulia; en contra de la ciudadana GLORIA COROMOTO MOLERO, venezolana, mayor de edad, cédula de identidad N° V- 17.947.098, del mismo domicilio, de conformidad con el Artículo 185 del Código Civil Venezolano y acogiéndonos al criterio vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. En consecuencia, queda disu.....