´Este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO propuesta por los ciudadanos ORIANA ISABEL FONSECA RODRIGUEZ y CARLOS JULIO CHAVEZ CORDERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. 20.277.072 y 14.475.225, respectivamente, domiciliada la primera, en calle San Eugenio 401, comuna Ñuñoa, Republica de Chile y el segundo, en el Conde del Maule 4642, comuna estación Central República de Chile, fundamentado en el supuesto del mutuo consentimiento establecido en la sentencia Nº 693, de fecha dos (2) de junio de 2015, dictada por la Sala Constitucional del T.....