DISPOSITIVO
ESTE TRIBUNAL DECIMO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO propuesta por los ciudadanos DAGOBERTO AMARIS LÓPEZ Y YANETH MARÍA ACONCHA DE AMARIS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-15.049.872 y N° V-22.462.479 respectivamente, domiciliados en el municipio Maracaibo del Estado Zulia, asistidos por el abogado LORENZO ANTONIO FUENTES LUGO, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 220.046, fundamentado en el supuesto del mutuo consentimiento establecido en la sentencia Nº 693, de fecha dos (02) de junio de 2015, dictada por la Sal.....