Es por todo lo antes expuesto que, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, de conformidad con lo establecido en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO, suscrito por los ciudadanos MIGUEL ALFONZO JOSEBAUDILIO LÓPEZ GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-24.014.942, domiciliado en la calle Zamora, cruce con calle Boyacá, casa S/N, Pan de Horno, Municipio San Carlos Estado Cojedes, y PATRICIA YULIMAR LÓPEZ DELGADO venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-25.942.136, domiciliada en la calle Ribas, casa N° 01-03, Menca de Leoni, Municipio Tinaco Estado Cojedes, por concepto de Obligación de Manutención, por.....