Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE la demanda que por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO DE COMPRAVENTA, incoara el ciudadano ELIMENAS JESUS PACHECO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número 11.889.191, correo electrónico epacheco_1674@hotmail.com, número telefónico 0412-1618504, domiciliado en el Municipio Cabimas del estado Zulia, contra las ciudadanas NORMA VALENTINA CONTRERAS CARMONA y DENISSA DEL CARMEN CONTRERAS MIQUILENA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números 28.326.406 y 10.603.861, correos electrónicos normavcc3@gmail.com y contrerasdenissa@gmail.com, todo respectivamente, ambas domiciliadas en el Munic.....