ÚNICO: INADMISIBLE el RECURSO EXTRAORDINARIO DE CASACIÓN ejercido por el abogado en ejercicio Morly Uzcategui Cateri, actuando en su propio nombre y representación como tercero opositor en la presente causa, con ocasión a la actividad recursiva planteada contra la decisión No. 110, proferida el día veintidós (22) de octubre de dos mil veinticinco (2025), por este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES sigue el ciudadano RAFAEL MIGUEL ARELLANO, contra la Sociedad Mercantil SERVICIOS TECNICOS DEL ZULIA, S.R.L., representada legalmente por el ciudadano IVAN RAFAEL PEROZO, todos plenamente identificados en actas del presente expediente.