Por los fundamentos expuestos este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio por Desafecto, seguida por la ciudadana ALICIA DEL CARMEN RIOS DAVILA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V.-10.408.512 en contra del ciudadano WILLIANS ENRIQUE CRUZ CANELON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-15.442.995, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial, que contrajeron ante el Registro Civil de la Parroquia Antonio Borjas Romero del Municipio Maracaibo, Estado Zulia.
SEGUNDO: Se ordena oficiar al Registro Principal del Estado Zulia, al Consejo Nacional Electoral (CNE) y al Registro Civil de la Parroquia Antonio Borjas Romero del Municipio Maraca.....