DISPOSITIVO
Con fundamento a las consideraciones de hecho, derecho y doctrinarias ut supra referidas, este TRIBUNAL DÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante ciudadanos JOSE GREGORIO ROMERO VALERA, quien en vida fue venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.407.510, a los ciudadanos JOSEFA MARIA LABARCA CHAPARRO, RONALDO JOSE ROMERO LABARCA y JOSE RONALDO ROMERO LABARCA., venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedula de Identidad Nros. V-11.280.322, V-26.827.285 y V-30.900.999, respectivamente, en su condición de esposa e hijos, dejándose a salvo los derechos de terceros, conforme lo establece el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
Se ordena expedir la.....